Censo preliminar de edificaciones e instalaciones con posibilidad de existencia de Amianto

Este documento tiene por objeto permitir al Ayuntamiento avanzar en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados.
La metodología utilizada se ha basado en la recopilación de información de las bases de datos oficiales y públicas del Catastro y el posterior cruce con datos de observación por satélite. Cada edificación tendrá una probabilidad de presencia de materiales con amianto (MCA), con un valor de riesgo asociado que no tiene valor en sí mismo ni debe interpretarse como una probabilidad de sufrir daños por exposición al amianto. Su función es únicamente la de asignar un orden relativo para poder establecer prioridades así como tomar decisiones sobre siguientes acciones previstas, siendo la comprobación de la presencia de amianto en el edificio o instalación obligación del titular de la propiedad y por tanto responsable del posterior desamiantado.
 
Se facilita el correo electrónico: informacionpublicamedioambiente@ayto-fuenlabrada.es, para la realización de consultas y modificaciones en el caso que se aporten documentos que avalen la inexistencia de amianto o el desamiantado en el caso positivo de existencia, todo ello para garantizar los derechos de acceso a la información y de participación pública.